El escrutinio antiblanqueo a las 'criptos' inyecta "más confianza para los inversores"

Las empresas de criptoactivos tienen 9 meses para regitrarse en el BdE y el Sepblac

bitcoin mano portada

El reloj de los nueve meses que tienen de plazo las empresas de intercambio y compraventa de criptoactivos para registrarse en sendos listados del Banco de España (BdE) y del Sepblac comenzó a correr a inicios de mayo. El nuevo Real Decreto Ley 7/2021 obliga a estos negocios a apuntarse en el Registro de Plataformas de Proveedores de Servicios de Cambio en el BdE, fijar un representante ante el Sepblac y cumplir con la normativa en materia de prevención y blanqueo de capitales. Medidas, todas ellas, que acabarán favoreciendo al inversor en el bitcoin y en este tipo de activos.

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