Economía.- El Supremo declara que el SMI es aplicable a representantes comerciales y trabajos análogos por cuenta ajena
MADRID, 23 (EUROPA PRESS) La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha declarado, en una sentencia del pasado 10 de octubre, que el salario mínimo interprofesional (SMI) es aplicable en la relación laboral especial de las personas que intervienen en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura de dichas transacciones, como por ejemplo los corredores de seguros.