Economía.- Los pasajeros afectados por el cierre de Ucrania tienen derecho a asistencia, pero no a indemnización
MADRID, 24 (EUROPA PRESS) El cierre del espacio aéreo de un país, como está ocurriendo en la actualidad con el conflicto en Ucrania, se considera circunstancia excepcional, y por lo tanto no obliga a las aerolíneas a indemnizar por la cancelación de los vuelos, pero sí deben proporcionar asistencia a los clientes que se vean afectados, según explica reclamador.es.