Economía.- Los economistas piden que las pérdidas de 2020 y 2021 no computen como causa para la disolución de empresas

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MADRID, 23 (EUROPA PRESS) El Consejo General de Economistas de España ha solicitado al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que durante este ejercicio se mantenga la suspensión del artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital, por el que se establece que las sociedades están obligadas a convocar una junta general en plazo de dos meses y acordar su disolución o instar el concurso cuando sus pérdidas dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social.

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