7 octubre 2024 | Actualizado 12:17 CET

Economía.- El TUE dice que las guardias no presenciales son trabajo si impiden al empleado organizar su tiempo libre

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BRUSELAS, 9 (EUROPA PRESS) El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este martes que los periodos de guardia en régimen de "disponibilidad no presencial" deben ser considerados "tiempo de trabajo", y por tanto ser remunerados en consecuencia, cuando afecten "de manera considerable" a la capacidad del empleado a "administrar su tiempo libre".

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