Economía/Laboral.- Las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que falten a su puesto de trabajo por la borrasca
MADRID, 11 (EUROPA PRESS) Las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que falten a su puesto de trabajo por inclemencias meteorológicas como la borrasca Filomena, pues se trata de una causa de fuerza mayor recogida en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.