10 octubre 2024 | Actualizado 01:23 CET

Economía/Laboral.- Las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que falten a su puesto de trabajo por la borrasca

ep un tren de metro lleno de gente en madrid en la manana de este lunes

MADRID, 11 (EUROPA PRESS) Las empresas no pueden sancionar a los trabajadores que falten a su puesto de trabajo por inclemencias meteorológicas como la borrasca Filomena, pues se trata de una causa de fuerza mayor recogida en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.

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