¿Más comisiones? Algunos bancos las cobran tras el fallecimiento de un familiar
La entidad no puede cobrar a los herederos por los trámites salvo contadas excepciones
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha advertido del cobro de posibles comisiones bancarias improcedentes a herederos tras el fallecimiento de un familiar. La organización ha explicado que la entidad bancaria del fallecido no puede cobrar a los herederos por el certificado de saldo, ni por facilitar movimientos de cuentas o tramitar el expediente de testamentaría, salvo contadas excepciones.