El Supremo rechaza las indemnizaciones adicionales por despido improcedente

Dice la doctrina constitucional ha señalado que la compensación actual es "adecuada"

ep archivo   fachada del tribunal supremo

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que establece que la indemnización por despido improcedente prevista en el artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) no puede verse incrementada en vía judicial con otras cuantías que atiendan a las circunstancias concretas de cada caso, sin que ello suponga ni una vulneración del artículo 10 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni del artículo 24 de la Carta Social Europea revisada, en los que solo se indica que la indemnización debe ser adecuada.

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