El TS aclara que no se podrán reclamar plusvalías no recurridas antes de su nulidad
Con esta resolución, el Tribunal "ha fijado criterio"
El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la limitación de los efectos temporales de la declaración de inconstitucionalidad del impuesto de plusvalía municipal, y ha concluido que no se podrán reclamar aquellas liquidaciones no recurridas antes de conocerse la declaración de inconstitucionalidad del tributo.